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Procedimiento para realizar trámite de habilitación de negocios con el sistema de ventanilla única

El nuevo sistema para la habilitación de negocios plantea cambios en la modalidad de realización de los trámites, en busca de transparencia, agilidad y eficiencia en los procesos de habilitación. Esta nueva modalidad  permite a empresarios  asesorarse y gestionar la habilitación de sus negocios ante la Municipalidad de Córdoba vía internet.

Este sistema fija todas las pautas técnicas y administrativas para el inicio de una actividad económica y busca facilitar la tramitación de solicitudes de habilitaciones realizando de oficio los trámites internos entre reparticiones de la Municipalidad una vez presentados los requisitos respectivos.

Para llevar a cabo exitosamente esta operación basta simplemente con seguir el procedimiento que detallaremos a continuación:

  1. El interesado en habilitar un negocio debe ingresar a la web de la Municipalidad de Córdoba: www.cordoba.gob.ar y posteriormente hacer click en la pestaña “trámites”. Una vez dentro de esta sección deberá seleccionar  la imagen que refiere a “Habilitación de negocios”. Una vez en ella, se desplegará el menú propio del sistema de habilitación por “Ventanilla Única”. Allí, el contribuyente deberá registrarse y solicitar la “factibilidad” para  instalar un establecimiento comercial en un determinado lugar de la ciudad.

  1. Posteriormente, en función de la información ingresada en el paso previo, el interesado obtendrá un informe en el cual se detallará:

  1.  qué requisitos debe cumplir,

  2. qué documentación debe disponer

  3. nivel de riesgo de la actividad que está registrando. (*)

(*) Las actividades económicas se clasifican según el riesgo sobre bienes, trabajadores, público, ambiente o comunidad. Las mismas, se encuentran detalladas en la tabla presente en el Anexo I de la Ordenanza Nº 12052 (click aquí para acceder a la ordenanza y anexo: http://www.cordoba.gov.ar/DigestoWeb/Page/Documento.aspx?Nro=31355 ).

Así, encontramos las siguiente categorías:

  • Actividades de riesgo muy bajo: Son aquellas especificadas por la tabla Anexo I de la Ordenanza Nº 12052 y aquellas que no superen  los 150 metros cuadrados ni posean depósitos.

  • Actividades de riesgo bajo: Son aquellas especificadas por la tabla Anexo I de la Ordenanza Nº 12052 o aquellas que son realizadas por establecimientos de más de 150 metros cuadrados y  hasta 500 metros cuadrados, sin depósitos.

Para estas dos categorías se debe presentar la solicitud de habilitación (declaración jurada) y, posteriormente, la Municipalidad hará una inspección para la habilitación definitiva.

Corresponde advertir que, en estos casos, si al momento de la inspección para la habilitación definitiva se constata que el solicitante no ha cumplido con las exigencias a las que se comprometió en la declaración jurada, se aplicará clausura automática del local, sin perjuicio de sanciones complementarias

                                                                                                                                                         

  • Actividades de riesgo intermedio: Son aquellas especificadas por la tabla Anexo I de la Ordenanza Nº 12052 o aquellas que: Son Realizadas por establecimientos que tengan depósitos o superen los 500 metros cuadrados.

Para la presente categoría, a la solicitud e inspección previa se agrega la necesidad de tener la certificación de un profesional en Seguridad e Higiene y protección contra incendio. El profesional mencionado deberá, además, brindar un curso al personal.

  • Actividades de Riesgo Alto: Son aquellas especificadas por la tabla Anexo I de la Ordenanza Nº 12052 o aquellas que podrían provocar daños por su actividad sobre los bienes, el ambiente, los trabajadores y/o la comunidad

Para esta categoría, además de la solicitud (que sólo puede presentarse en el Palacio 6 de Julio) y de la inspección previa, se requiere la certificación de Bomberos de la Provincia.

 

  1. Una vez que el interesado dispone del  Informe al que alude el punto 2, cuenta con una vigencia de 30 días para concurrir a inscribirse a la  Dirección de Recursos Tributarios y, luego,  puede presentar la solicitud de habilitación para su negocio.

  1. Realizados estos pasos, la Dirección de Habilitación de la Municipalidad de Córdoba se comunicará, vía e-mail o telefónicamente, con el contribuyente  para informar sobre avances en su trámite y, según sea pertinente, solicitar posibles requisitos y/o documentos faltantes.

fuente:http://camcomcba.com.ar/

Según el riesgo indicado por la municipalidad de Córdoba estos trámites pueden ser requeridos para habilitar el negocio:

Informe de seguridad

Plano de relevamiento

Plano conforme a obra

Registro de obra

Certificado final de obra

Presupuesto de mejoras

Crokis del local

Dirección de habilitación de negocios

La Dirección de Habilitación de Negocios es la encargada de regular las actividades comerciales, industriales y de servicios mediante inspecciones y anexo de documentación proveniente de Aéreas especializadas Municipales, Provinciales, Nacionales y Privadas.


La Dirección verificará las condiciones higiénicas sanitarias y de seguridad en el lugar donde se desarrolla la actividad.

Una vez cumplimentado con los requisitos del rubro la Dirección de Habilitación entregara el Certificado Habilitante correspondiente el que tendrá un costo de acuerdo a lo que indique la Ordenanza Tributaria vigente.

La vigencia del Certificado es de 5 años a partir de la fecha de emisión del mismo debiendo la documentación estar vigente (ej.: Certificado final de Bomberos, Resolución de Localización, Final de Obras, Resolución de Ru. Ge. Pre. Sa, etc.).

La Renovación del Certificado Habilitante deberá iniciarse 3 meses antes de su vencimiento
Las altas de rubros, bajas de rubros, altas de sucursal, cambios de domicilio, etc. deberán declararse en forma inmediata en la Dirección de Comercio e Industria y Habilitación de Negocios.

http://www.cordoba.gob.ar/tramites/habilitacion-de-negocios/

Trámites para el inicio de una actividad en la Ciudad de Córdoba

Para iniciar un negocio en la ciudad de Córdoba el titular debe presentarse en Mesa de Entrada del Palacio Municipal. Allí se le indicarán los trámites que deberá realizar en las diferentes áreas, en las que deberá presentar la documentación necesaria. Las oficinas intervinientes en la apertura de empresas se detallan a continuación:

Comercio e Industria: en primer lugar el titular se debe presentar en Comercio e Industria, donde retira el Formulario de Inscripción. Los documentos que allí se solicitan son: ƒ Constancia de inscripción en AFIP. ƒ Fotocopia de DNI del titular. ƒ

Contrato Social y firma de los socios, en caso de ser una sociedad. ƒ

Impuesto Inmobiliario del domicilio donde se va a desarrollar la actividad. Con el Formulario de Inscripción, se debe asistir a la Dirección de Obras Privadas y Uso del Suelo, a Ambiente y a Bromatología, en caso de que corresponda, donde según la actividad a desarrollar, se solicitarán determinadas autorizaciones.

Obras Privadas y Uso del Suelo:

una vez iniciado el trámite de inscripción en Comercio e Industria, el titular debe averiguar si su actividad requiere de Resolución de Localización (a modo de ejemplo, todas las actividades que posean depósito deberán obtener habilitación de localización).

En caso de requerirla, se deberá dirigir al tercer piso del Palacio Municipal al área de Obras Privadas y Uso del Suelo, donde será informado sobre los requisitos a cumplimentar.

El trámite deberá ser realizado en el CPC correspondiente, no pudiendo ser realizado en la municipalidad.

La regulación de la localización de las actividades económicas se realiza mediante la Ordenanza 8133 y sus modificatorias, las que establecen que aquellas actividades que impliquen un uso del suelo industrial o asimilable al mismo en el éjido municipal de la Ciudad de Córdoba, requerirán Resolución de Localización.

Para ello se solicita la presentación de los siguientes documentos:

Planilla de Declaración Jurada, (original y copia), disponible en la página web

Designación catastral de la o las parcelas en las que se localiza el establecimiento, con certificación de la Dirección General de Catastro (en la planilla de declaración jurada), a realizarse en el 7mo piso del Palacio Municipal o en la oficina de Catastro de cada CPC. ƒ Último cedulón de Inmueble Municipal pago, sin deuda anterior (original y copia). ƒ

Contrato de Razón Social (en caso de estar constituido como sociedad) e inscripción en el Registro Público de Comercio; si no es sociedad, la firma de todos los integrantes. ƒ

Plano Aprobado o Croquis del establecimiento con indicación de sus instalaciones. ƒ Timbrado de $50. ƒ Carpeta tamaño oficio (cartulina).

La localización de las actividades deberá realizarse en conformidad con el Código de Edificación y las Ordenanzas de Urbanismo y de Uso del Suelo.

En la página web de la municipalidad se encuentran las actividades económicas clasificadas por patrones, luego se establece en una grilla2 la superficie máxima ocupada para cada patrón y los límites de las zonas de localización posibles. Con los datos de Catastro y la superficie indicada en los planos solicitados, se comprueba la correcta localización de la actividad y se expide una Resolución que lo garantiza: la Visación Previa de Localización. Ambiente: todas las actividades, ya sean de comercio, industria o servicios, abarcadas por la disposición de la Ordenanza Nº 9847/98, deben someterse al Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental ante la Comisión de Ambiente Municipal, a efectos de que se efectúe la evaluación crítica de las actuaciones, con el fin de posibilitar la identificación, mitigación y prevención de las consecuencias que puedan causar en la salud del hombre y el ambiente.

 

Se evalúa, entre otros aspectos, la generación de residuos, los que no necesariamente deben ser producidos por procesos industriales (residuos sólidos o líquidos), sino que también pueden ser producidos por comercios de venta de agroquímicos, por actividades que producen polvillo, ciertos depósitos, que por sus características pueden producir residuos, etc.

 

El trámite consiste en la presentación de la Declaración Jurada de Empresa, disponible en la página web de la municipalidad, para lo cual se debe presentar previamente el Formulario de Inscripción y la Visación de la Dirección de Control de Obras Privadas y Uso del Suelo, cuando correspondiere.

 

El trámite comprende las siguientes etapas: ƒ

Presentación del Aviso de Proyecto. ƒ

Presentación, en su caso, del Estudio de Impacto Ambiental. ƒ

Audiencia Pública, en los casos previstos por la Ordenanza Nº 9847/87. ƒ

Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A.). Si la actividad produce residuos peligrosos, la municipalidad exige que se cumpla la Ley Nacional que establece detallar quién es el transportista, cómo se tratan los efluentes, etc., y que los que los operan estén autorizados e inscriptos en el Registro de Operadores de Residuos Peligrosos.

 

Con dichos documentos el área de Ambiente arma una carpeta. La demora del trámite es muy variable (suponiendo que se cumplen todos los requisitos, por ejemplo, aprobar a una imprenta puede tardar dos semanas, mientras que autorizar a una estación de servicio puede llevar seis meses).

Dirección de Habilitación de Negocios: en general, los requisitos de habilitación se diferencian cuando se trata de actividades simples o complejas:

Requisitos para la habilitación comercial de actividades simples (Kioscos, Despensas, Locales de Venta, etc.) ƒ

Formulario de Inscripción. ƒ

Medidas de Seguridad (disyuntor, matafuegos, salidas de emergencia, luces de emergencia, etc.).

Para determinadas actividades, en función al tipo y a la magnitud, se solicita un informe de Impacto Ambiental, según la Ley provincial 7343.

Certificado de Desinfección (si se trata de una actividad vinculada con la alimentación). ƒ

Libreta Sanitaria4 (si se trata de una actividad vinculada con la alimentación), cuyo costo es de $9 cada una. ƒ Requisitos Especiales según actividad (determinada por la Normativa Vigente que regula la Actividad Comercial). ƒ

Inspección de Higiene, Salubridad y Seguridad.

Requisitos para la habilitación comercial de actividades complejas (Talleres, Fábricas, Depósitos, Criaderos, Frigoríficos, Actividades de Alto Impacto Ambiental, Grandes Superficies Comerciales, Locales en donde se desarrollen actividades de elaboración o fraccionamiento, Estaciones de Servicios, Industrias del Plástico, Galvanizados, etc.). ƒ

Formulario de Inscripción. ƒ

Resolución de Localización expedida por la Dirección de Obras Privadas y Uso del Suelo. ƒ

Resolución de la Dirección General de Ambiente. ƒ

Certificado Final de la Dirección de Bomberos de la Provincia de Córdoba. ƒ

Requisitos Especiales según actividad (Determinada por la Normativa Vigente que regula la Actividad Comercial). ƒ Inspección de Higiene, Salubridad y Seguridad. ƒ

Carnet Sanitario (si se trata de una actividad vinculada con la alimentación), cuyo costo es de $9 cada uno. ƒ Certificado de Desinfección (si se trata de una actividad vinculada con la alimentación). ƒ

Habilitación de Calidad Alimentaria (si se trata de una actividad que elabora o fracciona alimentos). ƒ

Aprobación de ANMAT (cuando se trata de medicamentos y alimentos). 4 La cual se obtiene en Santa Rosa 360 o en cualquier CPC. Designación de un Director Técnico (Ingeniero Agrónomo) (cuando se trata de agroquímicos). ƒ Certificado Ambiental (cuando la actividad genere residuos patógenos).

Certificado del Ministerio de Salud (para actividades vinculadas a la salud).

Esta dependencia comprueba mediante inspección ocular la veracidad de lo expresado en las declaraciones juradas. Los requisitos mencionados previamente son básicos, luego en función de características especiales de cada local y de cada actividad en particular, es posible que se soliciten documentos específicos adicionales.

Como resultado, esta dependencia otorga el Certificado Habilitante, cuya validez es de 5 años. Posee un costo variable en función de la superficie ocupada por el local, con un mínimo de $40 (hasta 25 metros cuadrados) y un máximo de $2.500 (para más de 10 mil metros cuadrados), el que se abona por única vez.

Existe un costo adicional anual de timbrado del 10% del valor del Certificado recién mencionado. La demora del trámite está muy influenciada por la demora de Bomberos.

Dirección de Calidad Alimentaria: esta Dirección interviene sólo cuando se fraccionan o elaboran alimentos. Otorga la Habilitación de Productos Alimenticios, la cual rige para la comercialización dentro del éjido municipal. Se requiere: ƒ Formulario de Inscripción. ƒ Habilitación de Dirección de Habilitación de Negocios. ƒ

Designación de un Director Técnico competente, inscripto en el Registro Único llevado por esta dependencia. ƒ Análisis de Elaboración o Fraccionamiento de Productos Alimenticios: es realizado por el Laboratorio Bromatológico, dependiente de esta Dirección, el cual posee una validez de 5 años y un costo de $167.

La demora depende del riesgo sanitario del producto (pudiendo demorar desde 5 días a más de 15).

Si el local llega con sus productos alimenticios fraccionados o elaborados a algún punto fuera del éjido municipal, interviene la Secretaría de Alimentos de la Provincia de Córdoba, quien (en delegación del INAL) solicita los registros nacionales RNE y 6 RNPA.

En estos casos la Dirección de Calidad Alimentaria municipal no exige el Análisis de Elaboración o Fraccionamiento de Productos Alimenticios. Con el visado de todas las dependencias involucradas se debe regresar a Comercio e Industria, donde a los fines tributarios se inscribe el nuevo local comercial. Una vez que se cumplen todas las habilitaciones correspondientes según la actividad, el trámite de inscripción se realiza en el día. Se lleva a cabo en la municipalidad o en cualquier CPC

http://www.ieralpyme.org/

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